APROBADAS LAS BASES DE LA CONVOCATORIA PARA LA 24 CABALGATA CONCURSO DE DISFRACES DEL CARNAVAL 2019, DE PATERNA DE RIVERA

ANUNCIO

CONVOCADA LA 24ª CABALGATA CONCURSO DE DISFRACES DEL CARNAVAL, 2019, DE PATERNA DE RIVERA (CÁDIZ).

Resultando necesario tramitar el expediente de convocatoria de la 24ª Cabalgata Concurso de Disfraces del Carnaval, 2019, de Paterna de Rivera (Cádiz), cuyas bases han sido aprobadas por resolución de Alcaldía de fecha 5 de febrero 2019, se procede al anuncio de la misma.

OBJETO: Convocatoria de la 24ª Cabalgata Concurso de Disfraces del Carnaval, 2019.

BASES: Publicadas en la Página Web de la Corporación (www.paterderivera.es).

OBTENCIÓN DE INFORMACIÓN: Delegación de Fiestas del Ayuntamiento de Paterna de Rivera, (Teléfono: 956 929012 – Ext. 17), Web de la Corporación (www.paternaderivera.es).

INSCRIPCIONES:

Hasta el día 13 de marzo de 2019.

Lugar: Registro General Ayuntamiento.

Ficha de Inscripción: (Tablón de Anuncios Web)


PREMIOS:
Los premios serán distribuidos por categorías de la siguiente forma:

PREINFANTILES: Individual. (De 0 a 8 años)
Primer Premio: 100 €
Segundo Premio: 80 €
Tercer Premio: 60 €

PREINFANTILES: Grupo: (De 0 a 8 años)
Primer Premio: 500 €
Segundo Premio: 350 €
Tercer Premio: 250 €

INFANTILES: Individual. (De 9 a 14 años)
Primer Premio: 100 €
Segundo Premio: 80 €
Tercer Premio: 60 €

INFANTILES: Grupo: (De 9 a 14 años)
Primer Premio: 550 €
Segundo Premio: 450 €
Tercer Premio: 300 €

ADULTOS: Individual.
Primer Premio: 200 €
Segundo Premio: 150 €
Tercer Premio: 100 €

ADULTOS: Grupo.
Primer Premio: 750 €
Segundo Premio: 600 €
Tercer Premio: 500 €


PREMIO DE CARÁCTER ESPECIAL:(SOLO MODALIDAD GRUPO ADULTO)
Este Ayuntamiento, con el fin de incentivar la participación en esta modalidad dotará a la misma con CUATRO PREMIOS DE CARÁCTER ESPECIAL, valorados en 400,00 Euros cada uno, para aquellos grupos que no hayan alcanzado ninguno de los tres primeros premios con los que está dotada la modalidad de GRUPO ADULTO

PREMIO POR PARTICIPACIÓN (SOLO MODALIDAD DE GRUPO TODAS LAS CATEGORÍAS)
Con el objeto de fomentar el Carnaval en la localidad, este Ayuntamiento concederá a todos los grupos concursantes un PREMIO POR SU PARTICIPACIÓN en la cabalgata, con la única condición de que completen el recorrido de la misma. Éste, estará en función del número de miembros que conformen dichos grupos. Se regulará por el siguiente baremo:

Grupos de 5 a 10 miembros: Premio de 50 €.- (Provisión máxima 10 grupos)
Grupos de 10 a 20 miembros: Premio de 80 €.- (Idem)
Grupos de 20 o más miembros: Premio de 150 €.- (Idem)

AGUJA DE ORO. (SÓLO MODALIDAD DE GRUPO TODAS LAS CATEGORÍAS)
Premio Único: 300 €

AGUJA DE PLATA. (SÓLO MODALIDAD DE GRUPO TODAS LAS CATEGORÍAS)
Premio Único: 150 €

OBSERVACIONES: El importe de los premios estará sujeto a las retenciones que determine la legislación vigente.


Lo que se hace público para su conocimiento y efectos.

 

EL ALCALDE-PRESIDENTE EL SECRETARIO-INTERVENTOR,

 

Decreto de Alcaldía nº 2019-0127 Resultado de la Selección del Ejercicio Fase Oposición del Proceso Selectivo para la Contratación de Personal Temporal Sujeto al Programa de Envejecimiento Activo del Ayuntamiento de Paterna de Rivera.(Gest.2204/2018)

 

Expediente n.º:2204/2018 Resolución con número y fecha establecidos al margen

ALFONSO CARAVACA MORALES, ALCALDE PRESIDENTE DEL EXCMO. AYUNTAMIENTO DE PATERNA DE RIVERA, en uso de las atribuciones que me concede los arts. 21 y 93 de la Ley 7/1985 de 2 de abril Reguladora de Bases de Régimen Local DISPONGO:

DECRETO PUBLICACIÓN RESULTADO DE LA SELECCIÓN DEL EJERCICIO FASE OPOSICIÓN DEL PROCESO SELECTIVO PARA LA CONTRATACIÓN DE PERSONAL TEMPORAL SUJETO AL PROGRAMA DE ENVEJECIMEITNO ACTIVO DEL AYUNTAMIENTO DE PATERNA DE RIVERA. CÁDIZ

 

En relación con el procedimiento incoado por este Ayuntamiento para la Contratación de Personal Laboral Temporal sujeto al Programa de Envejecimiento Activo, aprobadas las Bases por Resolución de Alcaldía nº 2018-0712, de fecha 23 de septiembre de 2018, publicadas en la sede electrónica Municipal en el portal de transparencia   y en el Boletín Oficial de la Provincia de Cádiz nº 201 de fecha 19 de octubre de 2018.

 

Se solicitó   a la Diputación Provincial de Cádiz, Diputada Delegada del Área de Desarrollo, Innovación y Cooperación Local, con domicilio en Plaza España nº 1, 11071 Cádiz, asistencia para la designación del tribunal calificador en fecha 11 de octubre de 2018, una vez remitida contestación, por Decreto de Alcaldía   nº 2018-0951, de fecha 26 de noviembre de 2018, se aprueba el nombramiento del tribunal calificador del mencionado procedimiento , publicándose en el tablón de anuncios y el portal de la transparencia de la sede electrónica de este Ayuntamiento.

 

(FIRMADO EN SU ORIGINAL)

Anuncio Oficial, Decreto de Alcaldía nº 2019-0070 Adjudicación Contrato de Obra Ejecución del Proyecto Denominado Plan Invierte 2018. Obra Asfaltado 9 Calles Rafael Alberti, Santiago Ramón y Cajal, Unidad y Otras, de Paterna de Rivera. (Gest. 2900-2018)

ANUNCIO OFICIAL

Por Resolución de Alcaldía nº 2019-0070 de fecha 22 de enero de 2019, se adoptó el siguiente acuerdo:

“Expediente n.º:2900/2018 Resolución con número y fecha establecidos al margen

ALFONSO CARAVACA MORALES, ALCALDE PRESIDENTE DEL EXCMO. AYUNTAMIENTO DE PATERNA DE RIVERA, en uso de las atribuciones que me concede los arts. 21 y 93 de la Ley 7/1985 de 2 de abril Reguladora de Bases de Régimen Local DISPONGO:

ADJUDICACIÓN CONTRATAO DE OBRA PARA LA EJECUCIÓN DEL PROYECTO DENOMINADO “ PLAN INVIERTE 2018: OBRA ASFALTADO DE CALLES RAFAEL ALBERTI, SANTIAGO RAMÓN Y CAJAL, UNIDAD Y OTRAS, PATERNA DE RIVERA, A LA EMPRESA CONSTRUCCIONES GARRUCHO S.A 

La Excma. Diputación Provincial de Cádiz aprobó las Bases Reguladoras del Plan invierte del año 2018, publicándose en el Boletín Oficial de la Provincia de Cádiz Nº147 en fecha 01 de agosto. 

Una vez redactado el Proyecto y el Estudio Básico de Seguridad y Salud por los servicios técnicos del SAM de Medina de la Diputación de Cádiz, de la obra denominada “PLAN INVIERTE 2018: OBRA ASFALTADO DE CALLES RAFAEL ALBERTI, SANTIAGO RAMÓN Y CAJAL, UNIDAD Y OTRAS, PATERNA DE RIVERA, A LA EMPRESA CONSTRUCCIONES GARRUCHO S.A, con un presupuesto total de 75.000,00 (Setenta y Cinco Mil Euros), se aprueba por Decreto de Alcaldía nº 2018-0912 de fecha 14 de noviembre de 2018, por plazo de ejecución de 1 mes(30 días).

 

(FIRMADO EN SU ORIGINAL)

DÍA MUNDIAL CONTRA EL CÁNCER

Hoy es momento para pararnos y recapacitar sobre las acciones de nuestro día a día, este 4 de febrero tanto en el terreno laboral como personal debemos establecer prioridades y darnos cuenta, de verdad, de lo que es realmente importante.

Centremos nuestros esfuerzos en ayudar, donar y apoyar a todos los enfermos, familiares y voluntarios que día a día luchan contra esta enfermedad. Ayúdanos a propagar el mensaje y compartid en vuestras redes sociales la importancia del día utilizando los hashtag #contigoyodoylacara y #aeccdiamundialcancer

Contrato Obra Menor. Plan Invierte 2018. "Rehabilitación y Reparación de Zonas de Contenedores de Recogida de Residuos Sólidos Urbanos". (Gest. 17/2019)

 

EXPEDIENTE Nº: 17/2019

 

DECRETO  DE ALCALDÍA Nº 2019-0034,  ADJUDICACIÓN CONTRATO DE MENOR DE OBRAS REHABILITACIÓN Y REPARACIÓN DE ZONAS DE CONTENEDORES DE RECOGIDA DE RESIDUOS SÓLIDOS URBANOS”

D. Alfonso Caravaca Morales, Alcalde-Presidente del Excmo. Ayuntamiento de Paterna de Rivera (Cádiz)

 

En Uso de las competencias atribuidas en el artículo 21.1 de la Ley 7/1985, de 2 de abril, Reguladora de las Bases del Régimen Local, y en el artículo 41 del Reglamento de Organización, Funcionamiento y Régimen Jurídico de las Entidades Locales, aprobado por Real Decreto 2568/1986, de 28 de noviembre. 

Visto lo dispuesto en el artículo 13 de la Ley 9/2017, de 8 de noviembre, de Contratos del Sector Público en relación a los contratos de obra 

Visto lo dispuesto en el artículo 118.3 de la LCSP que regula la tramitación de los contratos menores en los siguientes términos:

  1. Se consideran contratos menores los contratos de valor estimado inferior a 40.000 euros, cuando se trate de contratos de obras, o a 15.000 euros, cuando se trate de contratos de suministro o de servicios, sin perjuicio de lo dispuesto en el artículo 229 en relación con las obras, servicios y suministros centralizados en el ámbito estatal.

 

 (FIRMADO EN SU ORIGINAL)

 

 

 

 

 

 

 

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